Aplicaciones Informáticas para Arquitectura e Ingeniería


El 11 de Febrero de 1996 entró en vigor la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Desde la entrada en vigor de esta Ley los poderes públicos, Estado y Comunidades Autónomas, los agentes sociales, las empresas y los trabajadores y demás entidades, han desarrollado un ingente esfuerzo, en todos los órdenes.

En el mes de octubre de 2002, fruto de la preocupación compartida por todos por la evolución de los datos de la siniestrabilidad laboral, el Gobierno promovió el reinicio de la Mesa de Diálogo Social en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Las medidas y propuestas adoptadas por esta mesa, fueron refrendadas posteriormente por el Pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud de 29 enero de 2003, estableciendo un Proyecto de Ley de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. (Boletín oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, de 23 de Julio de 2003).

La Ley fue publicada en el B.O.E. el 13 de Diciembre del 2003: Ley 54/2003 de 13 de Diciembre

Esta nueva Ley 54/2003 tiene por objeto afrontar la ejecución de las medidas contenidas en el Acuerdo de 30 de Diciembre de 2002, que requería para su puesta en práctica una norma con rango de Ley formal y que se refiere a dos ámbitos estrechamente relacionados:

  • Por un lado, la reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales.

  • Por otro lado, el reforzamiento de la función de vigilancia y control del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Como objetivos básicos de esta Ley deben destacarse :

  • Combatir la siniestralidad laboral

  • Fomentar una auténtica cultura de la prevención de los riesgos en el trabajo, que asegure el cumplimiento efectivo y real de las obligaciones preventivas y proscriba el cumplimiento meramente formal o documental de tales obligaciones.

  • Reforzar la necesidad de integrar la prevención de los riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa.

  • Mejorar el control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, mediante la adecuación de la normativa sustantiva a la normativa sancionadora y mediante el reforzamiento de la función de vigilancia y control del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Para alcanzar los objetivos la Ley 54/2003 se estructura en dos capítulos :

  • El primero incluye las modificaciones oportunas a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales

  • El segundo incluye las modificaciones que se introducen en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por R.D. Legislativo 5/2000 de 4 de Agosto.

Posteriormente en el mes de enero del 2004 fue publicado el RD 171/2004, una normativa que trata acerca de la Coordinación de actividades empresariales, aspecto importante en Lofts, Despachos, Oficinas y Estudios, ya que deberán coordinarse las actuaciones de concurrencia entre las actividades propias y la de subcontratas:

  • Mantenimiento de equipos informáticos

  • Mantenimiento de Redes

  • Mantenimiento de equipos de Aire acondicionado

  • Personal de Limpieza

  • Personal de Seguridad

ya que el personal de todas estas empresas puede en algún momento desarrollar actividades en nuestros locales.

En realidad trata determinados aspectos de Coordinación y hace responsable al Coordinador de Seguridad de impartir las Instrucciones sobre los riesgos de la obra a los trabajadores en nombre del Promotor.

Para finalizar, la última normativa vinculante y que tiene que ver con la construcción es el RD 604/2006, en el cual debido a que nadie había hecho caso, ni había implantado la Ley 54/2003 creando en las obras la figura del Recurso Preventivo, obliga a que dicha figura se implante en determinadas situaciones, como loo son en Excavación, Estructuras, Cubiertas y Cerramientos, aunque en general siempre que exista el riesgo de caída a distinto nivel o el de sepultamiento.

Frente a este nuevo marco en el que nos encontramos en este año 2006 y después de realizar un análisis de la normativa actual en materia de prevención, establecemos claramente que la Ley afecta en todos los ámbitos relacionados con la Seguridad y Salud a las empresas, pero de igual manera afecta a los Despachos y Oficinas tanto de Arquitectura, Ingeniería como de cualquier otro ámbito, ya que no se hace distinción alguna de ellas.

Por lo tanto, se deberá conforme establece el marco normativo actual establecer la Planificación de la acción preventiva de la empresa:

1) Diseñar un Plan de prevención de riesgos laborales en la empresa:

  • Establecer una evaluación inicial de riesgos

  • Planificar la acción preventiva

  • Establecer la información, consulta y participación de los trabajadores

  • Determinar las medidas de Emergencia

  • Diseñar la Vigilancia de la Salud

  • Organizar los Recursos para las actividades preventivas

  • Consultar a los trabajadores

 2)Establecer la Implantación y aplicación del Plan de prevención de Riesgos Laborales:

  • Reflejar la estructura organizativa de la empresa

  • Establecer un diagrama de responsabilidades

  • Determinar las Funciones

  • Establecer las buenas prácticas

  • Determinar los procedimientos

  • Establecer los procesos

  • Señalar los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos