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para ver una simulación del programa. (Necesario Flash Player).
Permite desarrollar el Pliego de Condiciones particulares en el que
se tienen en cuenta las normas legales y reglamentarias aplicables a las
especificaciones técnicas propias de la obra, así como las
prescripciones que se han de cumplir en relación con las
características, la utilización y la conservación de las máquinas,
útiles, herramientas, sistemas y equipos preventivos.

Una vez lanzada la aplicación y en cualquiera de los casos, para la
elaboración del Pliego de Condiciones Particulares de Seguridad,
se navega por el árbol de exploración en sentido descendente, cuyo
contenido es el que se observa más abajo, y que permite de un modo
cómodo, fácil y eficaz determinar:
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Los criterios que se tomarán como base para realizar las
mediciones, valoraciones, certificaciones, abonos (incluidas las
partidas alzadas de seguridad y salud) de cada una de las unidades
de obra, así como para la aplicación de posibles sanciones.
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Las Normas que afectan a los medios de protección colectiva que
estén normalizados y que vayan a utilizarse en la obra.
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Los cálculos, prescripciones, pruebas, etc. que sean necesarios
realizar para el diseño o adecuación, instalación, utilización y
mantenimiento de los medios de protección colectiva no normalizados
que se prevean usar en la obra.
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Los requisitos necesarios para la correcta instalación, la
utilización y el mantenimiento de cada uno de los equipos,
máquinas y medios auxiliares que se tenga previsto emplear en la
obra.
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El procedimiento que permite verificar, con carácter previo a su
utilización en la obra, que dichos equipos, máquinas y medios
auxiliares disponen de la documentación necesaria para ser
catalogados como "seguros" desde la perspectiva de su
fabricación o adaptación.
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Los requisitos de los materiales y de otros productos sometidos a
una reglamentación específica que vayan a ser utilizados en la
obra.
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Los requisitos de los equipos de protección individual y sus
elementos complementarios en cuanto al diseño, fabricación,
utilización y el mantenimiento.
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Los requisitos respecto a la cualificación profesional,
formación e información preventiva del personal de obra (jefes de
obra, encargados, capataces, oficiales, ayudantes, peones y
aprendices).
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Procedimientos de seguridad y salud para la realización de
trabajos con riesgos especiales señalados en la relación no
exhaustiva del anexo II del RD 1627/1997 (trabajos en tensión, en
espacios confinados, subacuáticos, etc.) o de otro tipo de trabajos
que no estando especificados en el anexo II, tras su evaluación,
adquieran tal consideración.
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Los requisitos de la señalización en materia de seguridad y
salud, vial, portuaria, aeroportuaria, etc.
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Los procedimientos para el control de acceso de personas a la
obra.
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Los requisitos de los servicios higiénicos, locales de descanso
y alojamiento, comedores y los locales para la prestación de los
primeros auxilios.
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Las obligaciones específicas para la obra proyectada relativas a
los contratistas, subcontratistas y a los trabajadores autónomos.

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